Los 15 cambios legales que incluye la reforma de outsourcing (última versión)

Después de meses de conversaciones y mesas de diálogo entre autoridades y empresarios, el Congreso de la Unión aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo y a otros siete marcos legales para regular el outsourcing y cerrarle la puerta a la subcontratación laboral.
Esta modalidad fue incluida en la legislación federal en 2012. De acuerdo con el último Censo Económico elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), se estima que en México 4.6 millones de personas laboran bajo este esquema; la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) calcula que otros 2.9 millones de personas trabajan en figuras de outsourcing ilegal.
Este video te puede interesar
En el dictamen aprobado por senadores y diputados, los legisladores reconocen que “la subcontratación laboral en México se convirtió en una herramienta que generó empleos”, sin embargo, advierten que “como toda figura jurídica, debe perfeccionarse de acuerdo a las necesidades actuales para lograr la eficiencia de esta figura y evitar toda clase de corrupción”.
El presidente Andrés Manuel López Obrador envió en noviembre pasado a la Cámara de Diputados su propuesta para regular la subcontratación en la legislación laboral, de seguridad social y fiscal. Sin embargo, el avance de la discusión se detuvo debido a la falta de consensos con la iniciativa privada y se pospuso hasta este año, espacio en el que la STPS encabezó diferentes mesas de diálogo con empresarios y sindicatos para construir acuerdos en torno a la reforma.
El acuerdo se logró a principios de abril después de tres meses de negociaciones e incluye cambios a la propuesta original en la regulación de la subcontratación de servicios especializados, el plazo de transición para que las empresas se adapten a la nueva legislación y el tope al reparto de utilidades. Como consecuencia, el dictamen fue modificado y contempla los siguientes 15 cambios legales para reformar el outsourcing:
- Eje central. Se prohibe la subcontratación de personal, como ocurre con los esquemas de insourcing, esto es cuando una empresa crea otra razón social para administrar a través de ella al capital humano del grupo. Esta medida es aplicable a las empresas privadas y en el gobierno.
- Esquema permitido. Las empresas podrán subcontratar servicios y obras especializadas que no formen parte de su objeto social o actividad económica preponderante.
- Excepción de grupo. Los servicio u obras prestadas entre las empresas de un mismo grupo serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni la actividad preponderante de la empresa que los reciba. La medida aplica para grupos empresariales que coticen en el mercado de valores.
- Agencias acotadas. Las agencias de empleo podrán participar sólo en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación de personal, pero no podrán ser patrones de las personas que colocan en las empresas.
- Responsabilidad compartida. La empresa que subcontrate servicios u obras será responsable solidariamente en caso de que la contratante no cumpla con sus obligaciones patronales (SAT, IMSS, Infonavit).
- Registro oficial. Las empresas de subcontratación tendrán que registrarse y formar parte de un padrón de la STPS; el registro se renovará cada tres años. La dependencia tendrá treinta días después de publicada la reforma para expedir las reglas correspondientes.
- Reportes esporádicos. Las empresas de subcontratación tendrán que entregar cada cuatro meses informes al IMSS y al Infonavit con los datos de los contratos celebrados con otras empresas, la información de los trabajadores y la determinación del salario base. Las instituciones tendrá dos meses después de publicada la reforma para emitir las reglas correspondientes.
- Cruce de información. El Infonavit y el IMSS estarán facultados para reportar de manera directa a la STPS el incumplimiento de las obligaciones de las empresas del sector.
- Inspecciones con dientes. La empresa de subcontratación que no permita la inspección de las autoridades laborales y no presente la información demandada puede hacerse acreedora de una multa de hasta 448,100 pesos.
- Multas parejas. Las empresas que operen o que subcontraten servicios sin contar con el registro de la STPS se harán acreedoras a multas de hasta 4.5 millones de pesos.
- Candado fiscal. Sólo podrán ser deducibles o acreditadles los pagos de subcontratación de servicios u obras que no formen parte de la razón social o actividad preponderante de una empresa.
- Pena de cárcel. Utilizar esquemas simulados de outsourcing e insourcing será considerado defraudación fiscal, delito que se castiga con cárcel.
- Esquema de transición. Después de publicada la reforma en el Diario Oficial de la Federación, las empresas tendrán un plazo de tres meses para transferir a sus nóminas al personal propio subcontratado.
- Antigüedad garantizada. Las empresas que se asuman como patrones del personal subcontratado tendrán que reconocer sus derechos laborales y periodo de antigüedad.
- Tope al PTU. El reparto de utilidades tendrá como límite máximo el equivalente a tres meses de salario o el promedio recibido en los últimos tres años, lo que resulte más alto.
Los legisladores advierten que las figuras laborales permitidas deben fomentar el desarrollo con la creación de empleos formales y combatir el desempleo y la informalidad, de ahí la necesidad de ajustar el esquema de subcontratación con mecanismos que le den mayor seguridad a las personas trabajadoras, herramientas de vigilancia para las autoridades federales y transparencia y rendición de cuentas para las empresas del sector.
“Es necesario fortalecer y vigilar con mayor minuciosidad las relaciones laborales que no cumplan con la progresividad en la protección de los derechos humanos de los trabajadores y que concuerdan en que la subcontratación debe incrementar la creación de empleos, fomentar la inversión pública y privada, y dar certeza a la hacienda pública”, se concluye en el dictamen.